viernes, 11 de enero de 2008

Actuaciones del SII en Días y Horas Inhábiles

Como excepción a la norma general, el Código permite realizar actuaciones en días y horas inhábiles (días feriados y horas que median entre las 20 y las 8 cuando la naturaleza de los actos fiscalizados así lo requieran.







Así como por ejemplo se puede realizar la fiscalización en días u horas inhábiles a los establecimientos que funcionan, sea habitual o esporádicamante, en este horario como lo son las fuentes de soda, restaurantes, hoteles, establecimientos comerciales en general.Estas actuaciones son necesarioas para precaver un fraude tributario.








En mi opinión es acertado que los funcionarios del SII actuen de manera fiscalizadora en horarios inhabiles ya que con ello pueden constatar en terreno y en plena actividad algún establecimiento que su hora de mayor movimiento sean en fines de semana, festivos o en la noche. Sin esta posibilidad de fiscalización este tipo de establecimientos quedaría fuera de ella y se podrían cometer muchas infracciones.

No hay comentarios: